Descripción:

Solicitar la concesión de licencia de segregación en Suelo No Urbanizable.

 

¿Quién lo puede solicitar?

El titular de la propiedad que se pretende segregar.

 

Requisitos:

  • Presentar instancia de solicitud, acompañada de la documentación señalada en el apartado “Documentación a presentar”
  • Que cada una de las parcelas resultantes de la segregación propuesta tenga una superficie mínima de 0’5 Hectáreas en regadío y 2’5 en secano.

 

Cuándo solicitarlo:

Con anterioridad a la segregación de la parcela.

 

Documentación:

  1. Las solicitudes de licencia de parcelación comprendrá la siguiente documentación:
    1. Instancia expresiva de los datos del solicitante, según el modelo normalizado, con indicación de la referencia catastral (20 dígitos) del emplazamiento a que se refiere la solicitud.
    2. Certificación o nota simple registral de la finca objeto de la segregación. Si no esta inscrita, título de propiedad.
    3. Impreso de liquidación que acredite el pago de las tasas correspondientes. Este documento se expedirá en las oficinas de intervención y tesorería.
    4. Proyecto suscrito por técnico competente, comprensivo de:
      • Descripción literal de la finca inicial según título de propiedad. Si esta descripción no coincidiera con la realidad física, se tendrán que justificar las diferencias y aportar la documentación pertinente.
      • Descripción literal de la forma, superficies y límites de los resultados de la segregación, así como de los restos de la finca matriz destinados por el Plan General a viario, equipamiento, etc si es procedente.
      • Plano de la finca inicial, a escala 1/500 en zona urbana y 1/2000 en suelo no urbanizable, en formato digital (DWG, SHP, DGN, etc.) expresivo de la forma y superficies de las parcelas resultantes, dibujado sobre cartografía municipal, en el que se destinen claramente las alineaciones del viario previsto en el planeamiento vigente. El Plano tendrá que describir edificios, vallas y otras referencias topográficas necesarias para su comprobación.
      • Si en las fincas hubiera cualquier tipo de edificación a mantener, se tendrá que reflejar en los planes y en la descripción y se ajustará que la parcela cumpla con la normativa urbanística que le afecte.
      • Aportar apoyo informático completo en formato PDF/A firmado digitalmente.
  2. La solicitud de la certificación de innecesariedad de licencia de parcelación tendrá que especificar el motivo legal en que se ampara y presentar planos de emplazamiento y de calificación del suelo así como descripción literal de las parcelas objeto de la certificación, junto con la documentación acreditativa del acto en que se fundamente.

Actuaciones a realizar por el solicitante:

  • Abono de la tasa correspondiente.
  • Presentación de solicitud, acompañada de la documentación exigida.

 

Información complementaria:

Ninguna.

 

Organismo responsable:

Departamento de Urbanismo.

 

Legislación:

Legislación Agraria:

  • Número 2 de la disposición adicional tercera de la Ley 4/92, de la Generalitat Valenciana, del Suelo No Urbanizable, en su redacción dada por Ley 2/1997, de 13 de junio de la Generalitat Valenciana, respecto al régimen de parcelación y construcción de viviendas aisladas en el medio rural (DOGV 16-06-1997), en relación con la disposición derogatoria 1ª de la Ley 10/2004.
  • Arts. 23 y siguientes de la Ley 19/95, de 4 de julio, sobre Modernización de las Explotaciones Agrarias (BOE 4 y 5-07-1995).
  • Decreto 217/99, de 9 de noviembre del Gobierno Valenciano, por el que se determina la extensión de las unidades mínimas de cultivo.
  • Ley 8/02, de 5 de diciembre, de Ordenación y Modernización de las Estructuras Agrarias de la Comunidad Valenciana.

 

Dónde dirigirse:

Preferiblemente en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, ubicado en el Edificio del Ayuntamiento, en Pl. Ayuntamiento, 1 Planta Baja.

 

Trámites relacionados:

Ninguno.

 

Formularios: