Descripción:

Inscripción en el Censo Canino Municipal a los perros cuyos propietarios sean residentes en Oliva. Los propietarios también están obligados a comunicar las bajas por muerte o desaparición de los perros censados, así como les cambios de titular , tanto para mantener actualizado el Cens, ara comunicarles su hallazgo en caso de pérdida y para evitar el seguir actuaciones cuando el perro ya no les pertenece. A los efectos anteriores, los propietarios también están obligados a comunicar los cambios de domicilio.

 

¿Quién lo puede solicitar?

Todos los residentes en Oliva, mayores de edad, que sean propietarios de perros.

 

Requisitos:

  • Ser residente en Oliva i mayor de edad.
  • Si el perro pertenece a un menor de edad, deberá inscribirse en el Censo Canino a nombre de una persona mayor de edad que conviva en el domicilio indicado.

Cuándo solicitarlo:

El alta en el Censo debe solicitarse en los 15 días siguientes a la adquisición del perro, o cuando el animal cumpla 3 meses de edad.

 

Documentación:

I. Altas:

Impreso de solicitud de Inscripción en el Censo Canino acompañado de copia compulsada de la siguiente documentación:

  • DNI del propietario del animal
  • Cartilla sanitaria o pasaporte del animal.
  • Copia de la Inscripción del animal en RIVIA (esta inscripción se realiza por el veterinario que implanta el microchip al animal).

II. Bajas:

  • Presentar instancia general
  • Copia del informe Veterinario en que conste la causa de la baja
  • Fotocopia de la baja del animal en el RIVIA
  • Fotocopia de la inscripción en el Censo Canino
  • Devolución de la chapa de inscripción en el Censo Canino

III. Otras comunicaciones (cambio de titular, pérdidas o extravíos o cambios de domicilio):

  • Presentar una instancia general, en la que se exponga cualquiera de estos hechos y se solicite se incorpore la información al Censo Canino.

Tasas:

Por inscripción en el Censo:

Tasa por prestación de servicios de sanidad:

Plazo de ingreso:  Con carácter previo a la presentación de la solicitud

Cuantía para 2015: 14,43 euros.

El pago de esta tasa se realiza por el sistema de autoliquidación.

 

Actuaciones a realizar por el solicitante:

  • Pago de la tasa, si corresponde.
  • Presentación de la solicitud con la documentación señalada en el Registro General de entrada.
  • Si es trata de una alta, recibirá por correo la chapa identificativa que debe colocarse en el cuello del animal.

Información complementaria:

La no inscripción de un animal en el Censo Canino constituye infracción leve y puede ser sancionada con multa, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 4/1994, de 8 de julio, de la Generalitat Valenciana, sobre Protección de los Animales de Compañía ..

Previamente a la inscripción del animal en el Censo Canino, los propietarios de perros mayores de 3 meses deben llevarlos al veterinario habilitado para realizar la Inscripción en el RIVIA (Registro Informático Valenciano de Identificación Animal).

Si se trata de un perro potencialmente peligroso, deberá solicitar la Licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.