Competencias
A las comisiones informativas se les atribuyen las competencias decisorias y de control, además de las propiamente informativas.
Corresponde al pleno del ayuntamiento, mediante el correspondiente acuerdo, determinar el número de las comisiones informativas que desee tener dentro de la organización municipal, su denominación y establecer su composición.
Todos los grupos políticos municipales tendrán representación en cada una de las comisiones municipales informativas que se creen así como en la de cuentas.
Dicha representación recaerá sólo en un regidor de cada grupo municipal y se aplicará, en caso de votaciones, el voto ponderado equivalente, por lo tanto, al número de concejales miembros del grupo político al que pertenezca.