Descripción:
Procedimiento por el que el titular o prestador solicita la correspondiente licencia ambiental para la implantación de actividades que por su grave afección al medio ambiente, al patrimonio historicoartístico o a la seguridad o salud públicas, la legislación autonómica sujeto a tal régimen.
¿Quien lo puede solicitar?
Personas físicas y jurídicas
Documentación a presentar:
a) Junto a la solicitud de licencia:
- Instancia según modelo normalizado de licencia ambiental.
- Fotocopia del DNI de la persona solicitando y de su representante legal, en su caso.
- En caso de ser una sociedad, fotocopia de la escritura de constitución de la sociedad y de los poderes de representación de quien firme la instancia.
- En caso de que los solicitantes estuvieran constituidos en comunidad de bienes, copia del contrato constitutivo de la comunidad de bienes, suscribiendo la instancia a totalidad de los comuneros o quien ostento la representación de estos, siempre que acredito dicha representación.
- Indicar el emplazamiento exacto del local en que se pretende ubicar la actividad, especificando su referencia catastral.
- En caso de que sea necesaria la realización de obras, habrá que ajustarse a la documentación exigida en los apartados I.3.17 o I.3.19 del presente Anexo, en función que dichas obras puedan tramitarse mediante declaración responsable o requieran licencia.
- Proyecto técnico de Actividad por triplicado (o bien 1 copia en papel y 3 en apoyo digital), que describa las medidas correctoras o de seguridad de las instalaciones, redactado y firmado por técnico competente, y visado, en su caso, por el Colegio Oficial correspondiente; y ajustado a:
- Justificación del cumplimiento de la normativa urbanística aplicable.
- La instrucción 2/83, aprobada por Orden de la Conselleria de Gobernación, de 7 de julio de 1983 (DOGV del 19-07-83) o norma que la sustituya, justificando el cumplimiento de normativa en materia de calidad ambiental y protección contra la contaminación.
- Normativa sobre instalaciones en locales (C, REBT, RITE, RSEI, etc.)
- Normativa en materia de accesibilidad
- Normativa sanitaria aplicable y, en especial, justificará el cumplimiento de la normativa legal, en su caso, sobre prevención y control de la legionelosis, especificando detalladamente en la memoria y planes del Proyecto la adopción de las medidas preventivas determinadas en esta normativa (D. 865/2003, de 4 de julio, y Decreto del Gobierno Valenciano 173/2000, de 5 de diciembre).
- Estudio Acústico donde se justificará el cumplimiento de la normativa contra la contaminación acústica vigente, conforme al artículo 36 de la ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de protección contra la contaminación acústica, o el correspondiente de la norma que lo sustituya; y artículos 40 y 41 de la vigente Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Acústica.
- Resumen no técnico de la documentación presentada para facilitar su comprensión a los efectos del trámite de información pública.
- Certificado de compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico, o en su caso, indicación de la fecha en que se solicitó el mismo.
- Documento comprensivo de las datos, que a juicio del solicitante, gocen de confidencialidad de acuerdo con las disposiciones vigentes, indicando la norma con rango de ley que amparo dicha confidencialidad.
- En caso de que vaya a producirse entrada y salida de vehículos, aparcamiento o carga y descarga de mercancías, se deberá indicar en los planes, con el fin de solicitar, en su caso, y delante del servicio municipal competente, el correspondiente vado.
- En caso de existir normativa específica de aplicación, se añadirá al anterior documentación cuantos anexos sean necesarios para justificar el cumplimiento de la misma. Los anexos irán firmados por técnico competente y visados, en su caso, por el colegio profesional correspondiente.
b) Para la solicitud de licencia de abertura:
- Instancia de solicitud de licencia de abertura.
- Certificado a que acredito la debida ejecución del proyecto respectivo, conforme a la licencia ambiental concedida, expedido por técnico competente y visado, en su caso, por el correspondiente colegio oficial.
- Certificados técnicos exigidos por las normativas sectoriales aplicables según el tipo de actividad
- Certificado suscrito por técnico competente y visado, en su caso, por el correspondiente colegio oficial, acreditativo de la eficacia de las medidas de prevención de ruidos y vibraciones, con indicación de los resultados de los mediciones efectuados por Laboratorios acreditados o ECMCA, conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la vigente Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Acústica, con las siguientes comprobaciones.
- Evaluación del nivel de aislamiento proporcionado por los elementos constructivos que delimitan la actividad en relación a los locales colindantes y medio exterior, conforme al procedimiento indicado en el Anexo IV del Decreto 266/2004 de la GV.
- Evaluación de los niveles sonoros transmitidos a los locales colindantes, en especial a los usos residenciales, producido por el funcionamiento de los elementos mecánicos de la actividad, como: climatización (Leq fondo y fuente) , ventilación forzada (Leq fondo y fuente), arrastramiento de tablas y sillas, abertura y cierre de persianas y otros fuentes o ruidos de impacto a que procedan, conforme al procedimiento indicado en el Anexo IV del RD 1367/2007, de forma individual las fuentes y con nivel de fondo inferior al máximo permitido para el horario de la actividad.
- Evaluación del nivel sonoro de recepción exterior, producido por el funcionamiento de los elementos mecánicos de la actividad, como: climatización (Leq fondo y fuente) , ventilación forzada (Leq fondo y fuente), arrastramiento de tablas y sillas, abertura y cierre de persianas y otros fuentes o ruidos de impacto a que procedan, conforme al procedimiento indicado en el Anexo IV del RD 1367/2007, de forma individual las fuentes y con nivel de fondo inferior al máximo permitido para el horario de la actividad.
- En el caso de modificación de la ubicación de las fuentes sonoras mencionadas, descritas y incluidas en el estudio acústico de la autorización, incluida la Ambientación Musical si está amparada por aquella, deberá presentar un nuevo plan de emplazamiento y características de las fuentes.
- La otros documentación especificada, en su caso, en la Resolución por la que se concedió la licencia ambiental.
Oficinas donde presentar:
– Ayuntamiento de Oliva – Edificio de la Almassèra, primera planta
Carrer Major, 25-27
46780 – OLIVA (València)
– Mail: oliva.inspector@cv.gva.es
– Teléfono: 661 343 892
– Horario de atención : 9.00 a 14.00, de lunes a viernes
Formularios: