Descripción:

Procedimiento papel que el titular o prestador SOLICITA la correspondiente Licencia ambiental para la implantación de actividades que por la Suya Grave Afección al medio ambiente, al patrimonio histórico-artístico o en la seguridad o salud públicas, la legislación autonómica Sujeto a este RÉGIMEN.

Quién lo puede solicitar?

Personas físicas y jurídicas

Documentación a presentar:

 a) Junto a la solicitud de licencia:

  1. Instancia según modelo normalizado de licencia ambiental.
  2. Fotocopia del DNI de la persona solicitante y de su representante legal, en su caso.
  3. En caso de ser una sociedad, fotocopia de la escritura de constitución de la sociedad y de los poderes de representación de quien firme la instancia.
  4. En caso de que los solicitantes estuvieran constituidos en comunidad de bienes, copia del contrato constitutivo de la comunidad de bienes, suscribiendo la instancia a totalidad de los comuneros o quien ostente la representación de estos, siempre que acredite dicha representación.
  5. Indicar el emplazamiento exacto del local en el que se pretende ubicar la actividad, especificando su referencia catastral.
  6. En caso de que sea necesaria la realización de obras, se estará a la documentación exigida en los apartados I.3.17 o I.3.19 del presente Anexo, en función de que dichas obras puedan tramitarse mediante declaración responsable o requieran licencia.
  7. Proyecto técnico de Actividad por triplicado (o bien 1 copia en papel y 3 en soporte digital), que describa las medidas correctoras o de seguridad de las instalaciones, redactado y firmado por técnico competente y visado, si es en su caso, por el Colegio Oficial correspondiente; y ajustado a:

    a) Justificación del cumplimiento de la normativa urbanística aplicable.

    b) La instrucción 2/83, aprobada por Orden de la Consejería de Gobernación, de 7 de julio de 1983 (DOGV del 19-07-83) o norma que la sustituya, justificando el cumplimiento de normativa en materia de calidad ambiental y protección contra la contaminación.

    c) Normativa sobre instalaciones en locales (C, REBT, RITE, RSEI, etc.)

    d) Normativa en materia de accesibilidad

    e) Normativa sanitaria aplicable y, en especial, justificará el cumplimiento de la normativa legal, en su caso, sobre prevención y control de la legionelosis, especificando detalladamente en la memoria y planos del Proyecto la adopción de las medidas preventivas determinadas en esta normativa (RD 865/2003, de 4 de julio, y Decreto del Gobierno Valenciano 173/2000, de 5 de diciembre).

     f) Estudio Acústico donde se justificará el cumplimiento de la normativa contra la contaminación acústica vigente, conforme al artículo 36 de la ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de protección contra la contaminación acústica, o el correspondiente de la norma que lo sustituya; y artículos 40 y 41 de la vigente Ordenanza Municipal de Protección contra Contaminación Acústica.

  8. Resumen no técnico de la documentación presentada para facilitar su comprensión a los efectos del trámite de información pública.
  9. Certificado de compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico, o en su caso, indicación de la fecha en que se solicitó el mismo.
  10. Documento comprensivo de los datos, que a juicio del solicitante, gocen de confidencialidad de acuerdo con las disposiciones vigentes, indicando la norma con rango de ley que ampara dicha confidencialidad.
  11. En caso de que vaya a producirse entrada y salida de vehículos, aparcamiento o carga y descarga de mercancías, se deberá indicar en los planes, a fin de solicitar, en su caso, y ante el servicio municipal competente, el correspondiente vado.
  12. En caso de existir normativa específica de aplicación, se añadirá a la anterior documentación cuantos anexos sean necesarios para justificar el cumplimiento de la misma. Los anexos irán firmados por técnico competente y visados, en su caso, por el colegio profesional correspondiente.

 

 b) Para la solicitud de la licencia de apertura:

  1. Instancia de solicitud de licencia de apertura.
  2. Certificado que acredite la debida ejecución del proyecto respectivo, conforme a la licencia ambiental concedida, expedido por técnico competente y visado, en su caso, por el correspondiente colegio oficial.
  3. Certificados técnicos exigidos por las normativas sectoriales aplicables según el tipo de actividad
  4. Certificado suscrito por técnico competente y visado, en su caso, por el correspondiente colegio oficial, acreditativo de la eficacia de las medidas de prevención de ruidos y vibraciones, con indicación de los resultados de las mediciones efectuadas por Laboratorios acreditados o ECMCA, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 de la vigente Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Acústica, con las comprobaciones siguientes:

    a) Evaluación del nivel de aislamiento proporcionado por los elementos constructivos que delimitan la actividad en relación a los locales colindantes y medio exterior, conforme al procedimiento indicado en el Anexo IV del Decreto 266/2004 de la GV.

    b) Evaluación de los niveles sonoros transmitidos a los locales colindantes, en especial a los usos residenciales, producido por el funcionamiento de los elementos mecánicos de la actividad, tales como: climatización (Leq fondo y fuente), ventilación forzada (Leq fondo y fuente), arrastre de mesas y sillas, apertura y cierre de persianas y otras fuentes o ruidos de impacto que procedan, conforme al procedimiento indicado en el Anexo IV del RD 1367/2007, de forma individual las fuentes y con nivel de fondo inferior al máximo permitido por en el horario de la actividad.

    c) Evaluación del nivel sonoro de recepción exterior, producido por el funcionamiento de los elementos mecánicos de la actividad, tales como: climatización (Leq fondo y fuente), ventilación forzada (Leq fondo y fuente), arrastre de mesas y sillas, apertura y cierre de persianas y otras fuentes o ruidos de impacto que procedan, conforme al procedimiento indicado en el Anexo IV del RD 1367/2007, de forma individual las fuentes y con nivel de fondo inferior al máximo permitido para el horario de la actividad.

    d) En el caso de modificación de la ubicación de las fuentes sonoras mencionadas, descritas e incluidas en el estudio acústico de la autorización, incluida la Ambientación Musical si está amparada por aquella, deberá presentar un nuevo plan de emplazamiento y características de las fuentes.

  5. La otra documentación especificada, en su caso, en la Resolución por la que se concedió la licencia ambiental.

Oficinas donde presentar:

– Ajuntament d’Oliva – Edifici de l’Almassèra, primera planta

Carrer Major, 25-27

46780 – OLIVA (València)

– Mail: oliva.inspector@cv.gva.es

– Telèfono: 661 343 892

– Horari d’atenció : 9.00 a 14.00, de lunes a viernes

Formularis: