¿Qué es el catastro inmobiliario?

El Catastro Inmobiliario es un registro administrativo dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en el cual se describen los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales. Está regulado por el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, la inscripción en el mismo es obligatoria y gratuita, características que lo diferencian del Registro de la Propiedad.

La descripción catastral de los bienes inmuebles incluye sus características físicas, jurídicas y económicas, entre las que se encuentran su localización, referencia catastral, superficie, uso, cultivo, representación gráfica, valor catastral y titular catastral.

Con objeto de garantizar que los datos que se incluyen en la descripción catastral de los bienes inmuebles concuerdan con la realidad, la incorporación de los bienes en el Catastro Inmobiliario así como la de las alteraciones de sus características, es obligatoria.

Usos de la información catastral

La finalidad originaria del catastro es de carácter tributario, proporcionando la información necesaria para la gestión, recaudación y control de varias figuras impositivas por las Administraciones estatal, autonómica y local. A estos efectos, el Catastro facilita el censo de bienes inmuebles, su titularidad, así como el valor catastral que es un valor administrativo que corresponde a cada inmueble y que permite determinar la capacidad económica de su titular.

Servicios que ofrece

A cualquier ciudadano:

  • Consulta y certificación de información catastral que no contenga datos protegidos
  • Localización del inmueble, referencia catastral, superficie, uso o destino, clase de cultivo o aprovechamiento, calidad de la construcción o cartografía.

Sólo el titular catastral y las personas o entidades debidamente autorizadas podrán acceder a la consulta y certificación los datos protegidos, que son:

  • El nombre, apellidos, razón social, código de identificación (NIF) y domicilio de los que figuran inscritos en el Catastro como titulares.
  • El valor catastral y los valores catastrales del suelo y, si procede, de la construcción, de cada inmueble individualizado.
  • Certificación de la circunstancia de no figurar como titular catastral.

Es necesaria la acreditación de la identidad (Documento Nacional de Identidad) o si es el caso, la acreditación de la representación o la autorización.

 

La información catastral se puede obtener a los siguientes puntos:

Sede electrónica del catastro

En la cual pueden realizarse consultas, obtener una certificación descriptiva y gráfica del inmueble, o utilizar el servidor de mapas gestionado por la Dirección general del Catastro que proporciona información sobre la cartografía catastral.http://www.catastro.meh.es/esp/sede.asp

PIC «Punto de Información Catastral» de Oliva
Dirección: Avd. Valencia, 2 Bajo.
Horario de atención al público:
  De 8:00 a 14:00 h. de lunes a viernes.
Teléfono:  962 850 497 – Fax: 962 963 214
email: recaptacio@oliva.es

Oficina de Gestión Tributaria y recaudación del Ayuntamiento de Oliva
Dirección: Avd. Valencia, 2 Bajo.
Horario de atención al público De 8:00 a 14:00 h. de lunes a viernes.
Martes y jueves de 16:00 a 18:30.
Teléfono:  962 963 166  –  Fax:  962 963 214
email: recaptacio@oliva.es
Más información:  infotributos@oliva.es

Gerencias territoriales del Catastro
Gerencia Regional de Valencia
Dirección: Cl. Roger de Lauria, 24-26. 46071 – Valencia
Horario de atención al público:  De 9 a 17:30 h. de lunes a jueves, y de 9 a 14:00 h., los viernes.
Horario de verano (16 de junio  a 15 de septiembre) de 9 a 14:00 h.
Teléfono:  963 98 29 00 – Fax: 963 94 45 10
email: gerencia.valencia@catastro.minhap.es

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